Cobro de Comisiones de una Cuenta Corriente

Tener una cuenta corriente implica cobros asociados a su mantención, los que se encuentran autorizados por ley y son fijados libremente por los bancos.

Foto Cobro de Comisiones de una Cuenta Corriente

Una cuenta corriente, como todo producto financiero, tiene costos asociados.

Los bancos se encuentran autorizados por ley para cobrar comisiones por las cuentas corrientes bancarias, pudiendo fijar libremente el monto y oportunidad de cobro, siempre que informen anticipadamente a los clientes de esta circunstancia, especialmente cuando se trate del establecimiento de comisiones o del incremento de las ya existentes, a fin de que éstos puedan resolver sobre la conveniencia de continuar utilizando tales servicios bajo las nuevas condiciones.

En todo caso, los planes de cobro de comisiones que fijen los bancos no pueden contener discriminación alguna entre clientes que se encuentren en igual situación, pudiendo aplicarse sólo después de que sean comunicados por escrito a los titulares de cuentas corrientes. Esta comunicación es generalmente dirigida al domicilio que el cliente tiene registrado en el banco, por lo que resulta conveniente mantenerlo actualizado.

En consecuencia, tener una cuenta corriente implica costos asociados a su mantención, cuyo valor generalmente depende del saldo promedio que tenga la cuenta.

Adicionalmente, son cargadas a la cuenta corriente comisiones asociadas a la contratación de otros productos como la Tarjeta de Débito que le permite girar dinero del cajero automático y hacer pagos; la Línea de Crédito que genera comisiones por apertura y renovación, en la que normalmente el cliente contrata voluntariamente un seguro de desgravamen.

Finalmente, pueden generarse cobros relacionados con servicios especiales prestados por el Banco, tales como solicitud de cartolas adicionales, envío de talonarios a domicilio, copias de cheques, etc.

Más información en el punto 5 del Título II del Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas de CMF y en el DFL Nº 707 sobre "Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques".

Temas relacionados

Qué debes saber sobre las comisiones conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 18.010.

La cuenta corriente bancaria es un contrato entre una persona o empresa y un Banco, mediante la cual el primero deposita dinero.

Tener una cuenta corriente implica costos asociados a su mantención y uso.

Tanto el banco como el cliente están facultados por la ley para cerrar una cuenta corriente cuando así lo estimen conveniente.

Los fondos que se depositan en la cuenta corriente pueden ser usados a través de la emisión de cheques, las tarjetas de débito y/o cajeros automáticos.

Tanto el cliente como el banco son libres de decidir si desean abrir una cuenta corriente y generar un vínculo comercial.

Los bancos tienen un tipo de cuenta corriente que paga intereses a los saldos mantenidos en ellas.

Tanto el cliente como el banco tienen la facultad de poner término al contrato de cuenta corriente.

Para que un banco abra una cuenta corriente, el cliente debe cumplir los requerido por la institución financiera.

Las condiciones generales del contrato de cuenta corriente se encuentran en un documento estandarizado.

El Impuesto de Timbres y Estampillas, creado en 1980, incide sobre este producto financiero con ciertos límites.

Estos movimientos, pactados o no, se efectúan cuando una cuenta corriente es girada sin que existan fondos disponibles.

Revisa las alertas y las instituciones fiscalizadas por la CMF.

Términos relacionados

Accionistas, tenedores de bonos, partícipes o aportantes de fondos, tomadores de depósitos, etc.

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