El ahorro del APV puede provenir de:
- Cotizaciones Voluntarias: aportes que efectúan voluntariamente las personas, afiliadas o no al sistema de pensiones del D.L. N° 3.500, en una administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
- Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario: aportes efectuados voluntariamente por las personas afiliadas al sistema de pensiones del D.L. N° 3.500 o adscritas a un régimen previsional administrado por el Instituto de Previsión Social, a los planes de APV en las entidades autorizadas para tal efecto.
- Depósitos Convenidos: montos acordados entre el trabajador y el empleador, de cargo de este último, efectuados en una AFP o institución autorizada para tal efecto.