Preguntas frecuentes

¿En qué situación quedan las personas que reciben la Pensión Mínima Garantizada del Estado (PMG)?

Las personas que al 1 de Julio de 2008 perciban la PMG de invalidez continuarán percibiendo dicha pensión garantizada. Sin embargo, podrán optar por esta pensión o, de tener acceso, por la que les otorgue el Sistema de Pensiones Solidarias. Adicionalmente, las personas que al 1 de Julio de 2008 tengan cincuenta años de edad o más y se encuentren afiliadas al sistema de capitalización individual, podrán acceder a las PMG de invalidez la cual deberán solicitar dentro de los 15 años contados desde el año 2008. Sin embargo, en cualquier época podrán optar por el Sistema de Pensiones Solidarias. Dicha opción podrá ejercerse por una sola vez. Las personas que al 1 de Julio de 2008 sean beneficiarios de pensiones de sobrevivencia del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, continuarán percibiendo dicha pensión garantizada.

Esta pregunta se relaciona con las siguientes entidades, instrumentos de inversión o tipos de seguros:

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