ENGIE ENERGIA CHILE S.A.

Prácticas de Gobierno Corporativo

Razón Social:
ENGIE ENERGIA CHILE S.A.
RUT:
88006900-4
/

Período Consultado: 202112

Exportar resultados a Excel

1. Del funcionamiento y composición del directorio

  • a) El directorio cuenta con un procedimiento o mecanismo para la inducción de cada nuevo integrante, que tiene por objeto facilitar a éste el proceso de conocimiento y comprensión de:


    • i. Los negocios, materias y riesgos, incluidos los de sostenibilidad, que son considerados más relevantes, así como de las razones por las que en opinión del directorio aquéllos tienen esta condición.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad contiene un título referido a la inducción de nuevos directores. Conforme con éste, se invitará al director a una reunión con el Gerente General y/o uno o más Gerentes Corporativos, en la cual se efectuará una presentación general de la Compañía, con el fin de: a) satisfacer todas las dudas e inquietudes del nuevo director, b) de introducirlo en los temas estratégicos de la Sociedad, c) de informarlo acerca de los negocios más relevantes, que para estos efectos serán aquéllos que dicen relación con la operación de las Centrales Tocopilla y Mejillones y con el desarrollo y ejecución de proyectos de inversión en parques de generación eléctrica o en líneas de transmisión eléctrica, en todos los casos que impliquen un monto de inversión superior a US$ 20 millones, y en aquellos proyectos eólicos y fotovoltaicos que la Sociedad tenga en etapa de construcción, puesta en servicio u operación, y d) darle a conocer los riesgos más relevantes de la Sociedad, considerando para estos efectos aquellos indicados en la memoria anual de la Compañía como factores de riesgo, entre ellos, los asociados a materias de sostenibilidad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. Los grupos de interés relevantes que ha identificado la entidad así como de las razones por las que en opinión del directorio aquéllos tienen esta condición y de los principales mecanismos que se emplean para conocer las expectativas y mantener una relación estable y duradera con aquéllos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad contiene un título referido a la inducción de nuevos directores. Ahí se establece que se invitará al director a una reunión con el Gerente General y/o uno o más Gerentes Corporativos, en la cual se efectuará una presentación general de la Compañía, con el fin de introducirlo, entre otros temas, en los grupos de interés relevantes que ha identificado la Sociedad, así como en los principales mecanismos que se emplean para conocer las expectativas y mantener una relación estable y duradera con ellos. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO:https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iii. La misión, visión, objetivos estratégicos, principios y valores que debieran guiar el actuar de la sociedad, sus directores y personal, y las políticas de inclusión, diversidad, sostenibilidad y gestión de riesgos, aprobadas por el directorio.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad establece que en el proceso de inducción se entregará el material que debe recibir todo nuevo miembro del Directorio para facilitarle el proceso de conocimiento y comprensión de la Sociedad, sus negocios, misión, visión, objetivos estratégicos, principios y valores, beneficios y riesgos (incluidos los de sostenibilidad), procedimientos, principales criterios contables y del marco jurídico más relevante y aplicable a la Sociedad y al Directorio. Sin embargo, el proceso de inducción no contempla expresamente que se informe respecto a políticas de inclusión y diversidad que pudiera haber aprobado el Directorio, sin perjuicio de aquéllas que impulsen la Sociedad y del grupo Engie. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iv. El marco jurídico vigente más relevante aplicable a la entidad, al directorio y sus ejecutivos principales.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad prevé que el Gerente Corporativo de Asuntos Legales haga entrega a los nuevos directores de los documentos legales de la Sociedad que sean relevantes para su información, los que deberán contener, a lo menos, los estatutos, el Código de Gobierno Corporativo y sus anexos, así como también aquellos documentos que contengan su misión, visión, objetivos estratégicos, principios y valores que deben guiar el actuar de la Sociedad, sus directores y el personal. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      v. Los deberes de cuidado, reserva, lealtad, diligencia e información que conforme a la legislación vigente recaen en cada integrante del directorio, mediante ejemplos de fallos, sanciones o pronunciamientos más relevantes que han ocurrido en el último año a nivel local con esos deberes.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Código de Gobierno Corporativo, en el numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III.- (“Dirección y Gestión”) y numerales 2 y 4 (“Información privilegiada y Manual de Manejo de Información de Interés” y “Deberes de información”) del número VI.- (“Varios”), establece los deberes de diligencia y cuidado de los directores, el deber de reserva en relación a la información privilegiada y manejo de la información de interés y el deber de información de los directores, Gerentes y Ejecutivos principales de la Sociedad. Adicionalmente, el numeral 1.1. (“Deberes de los Directores”) del Anexo 1 del Código de Gobierno Corporativo (“Guía para la Actuación de los Directores”), establece los deberes de los directores de la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf GUÍA PARA LA ACTUACIÓN DE LOS DIRECTORES: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      GUÍA PARA LA ACTUACIÓN DE LOS DIRECTORES:https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      vi. Los principales acuerdos adoptados en los últimos 2 años anteriores al inicio de su mandato y de las razones que se tuvieron en consideración para adoptar tales acuerdos o para descartar otras opciones evaluadas.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad contempla que se proporcionará al nuevo director acceso a las actas de Directorio de los últimos 2 años, a través de los cuales podrá conocer los principales acuerdos adoptados por la Sociedad y las consideraciones en virtud de las cuales fueron adoptados dichos acuerdos. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      vii. Las partidas más relevantes de los estados financieros trimestrales y anuales del último año junto con sus respectivas notas explicativas, además de los criterios contables aplicados en la confección de dichos estados financieros.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.11 (“Inducción de nuevos Directores”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del “Código de Gobierno Corporativo” de la Sociedad contempla se le proporcionará acceso a los estados financieros trimestrales y anuales, a través de los cuales podrán conocer las partidas más relevantes de éstos con sus respectivas notas explicativas, además de los criterios contables aplicados en la confección de dichos estados financieros. Además, dicha información está disponible en el sitio web de la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf SITIO WEB SOCIEDAD: www.engie-energia.cl
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      SITIO WEB SOCIEDAD:http://www.engie-energia.cl

      viii. Lo que en opinión del directorio es un conflicto de interés y cómo en opinión de éste, o conforme al Código o Manual establecido al efecto, y sin perjuicio de aquellos conflictos de interés expresamente abordados por ley, debieran tratarse las situaciones en las que se pudiere presentar uno de ellos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad en el título 4.- (“Conflictos de Interés”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”), establece que los directores, el Gerente General, los Gerentes Corporativos y principales Ejecutivos deben evitar situaciones en las que puedan surgir conflictos de intereses entre sus deberes y responsabilidades como empleados de Engie Energía Chile S.A. y sus intereses personales. Los directores y sus colaboradores deben informar al Directorio o sus superiores, respectivamente, de toda circunstancia que implique o pueda implicar un conflicto de esta naturaleza. Adicionalmente, el artículo 10 del Código de Conducta y Ética de Negocios de la Compañía establece de forma ejemplar una serie de conductas prohibidas, por considerarse que involucran un conflicto de interés. Adicionalmente, establece que en aquellos casos concretos en que existan dudas respecto de si existen o no conflictos de interés, se debe consultar a la Gerencia Corporativa Jurídica de la Sociedad. Asimismo, durante el año 2021 el Directorio de la Sociedad, a propuesta del Comité de Directores, aprobó una “Política General de Manejo de Conflictos de Interés”, que contiene y sistematiza las disposiciones sobre dicha materia contenidas en los diversos manuales, códigos y procedimientos aprobados por el Directorio y/o vigentes en la Sociedad, más ciertas normas que se estimó conveniente incorporar para el manejo de las situaciones que configuran o que podrían configurar un conflicto de interés, la cual le es aplicable a los directores, gerentes, ejecutivos principales y trabajadores de ENGIE Energía Chile S.A. y sus sociedades filiales y, en general, a cualquier persona que en razón de su cargo, funciones o posición en ésta pueda participar o influir en la toma de decisiones en asuntos de la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf

    b) El directorio cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente del directorio para la actualización de conocimientos, que:


    • i. Define al menos anualmente las materias respecto de las cuales se harán capacitaciones a sus integrantes y el calendario de capacitaciones para el año correspondiente.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cuenta con un Modelo de Prevención de Delitos conforme con el cual se realizan anualmente capacitaciones al Directorio en las materias comprendidas en dicho Modelo. MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

      ii. Como parte de esas materias contempla las mejores prácticas de gobierno corporativo que han ido adoptando otras entidades tanto a nivel local como internacional.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente en este sentido, sin perjuicio de poder evaluar la adopción de nuevas prácticas de gobierno corporativo que sean convenientes para la gestión de la Sociedad considerando las características y particularidades de sus negocios, ámbitos en que se desenvuelve y riesgos asociados.

      iii. Como parte de esas materias contempla los principales avances que se han dado en el último año a nivel local e internacional en lo referido a inclusión, diversidad y reportes de sostenibilidad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente en este sentido.

      iv. Como parte de esas materias contempla las principales herramientas de gestión de riesgos, incluidos los de sostenibilidad, que se han ido implementando en el último año a nivel local e internacional.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente en este sentido, sin perjuicio de poder evaluar la aplicación de nuevas herramientas de gestión de riesgos que sean convenientes para la Sociedad considerando las características y particularidades de sus negocios, ámbitos en que se desenvuelve y riesgos asociados.

      v. Como parte de esas materias contempla los fallos, sanciones o pronunciamientos más relevantes que han ocurrido en el último año a nivel local e internacional relacionados con los deberes de cuidado, reserva, lealtad, diligencia e información.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente en este sentido.

      vi. Como parte de esas materias contempla una revisión de ejemplos de situaciones que configuran un conflicto de interés en el directorio y de formas en que esos conflictos de interés pueden evitarse o ser resueltos en el mejor interés social.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de capacitación permanente en este sentido.

      vii. Difunde anualmente las materias sobre las que en el último año se han realizado actividades de capacitación al directorio.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento o mecanismo de difusión en este sentido.

    c) El directorio cuenta con una política para la contratación de expertos(as) que lo asesoren en materias contables, tributarias, financieras, legales o de otro tipo:


    • i. Que contemple la posibilidad de veto por parte de uno o más directores para la contratación de un(a) asesor(a) en particular.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La contratación de expertos para la asesoría del Directorio se rige por las reglas generales para la aprobación de contratos por parte del Directorio en cuanto administrador de la Sociedad. De tal forma, los directores pueden proponer al Directorio la contratación de asesorías contratándose éstas en la medida que se obtenga la mayoría requerida, sin contemplar la posibilidad de veto por parte de un director. Así lo dispone el numeral 1.9 (“Información y encargo de estudios y consultorías”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo. En tanto, el Comité de Directores cuenta con un presupuesto especial para el cumplimiento de sus funciones, que puede destinar a la contratación de asesorías. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. Que a requerimiento de al menos uno de sus integrantes sea contratada la asesoría para la materia requerida por aquél.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La necesidad y contratación de un asesor externo corresponde determinarla al Directorio de acuerdo con el procedimiento legal y estatutario establecido al efecto.

      iii. Que, contemple la difusión, al menos una vez al año, de las asesorías solicitadas y no contratadas, especificando las razones por las que el directorio adoptó esa decisión en particular, lo cual además queda debidamente reflejado en el acta de la sesión correspondiente.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un procedimiento que contemple la difusión anual de asesorías solicitadas y no contratadas. En todo caso, previo a las juntas ordinarias de accionistas, los libros de actas de Directorios quedan a disposición de los accionistas de manera que ellos puedan analizar en detalle las asesorías que se propusieron al Directorio y que no fueron aprobadas.

    d) El directorio se reúne al menos trimestralmente con la empresa de auditoría externa a cargo de la auditoría de los estados financieros para analizar:


    • i. El programa o plan de auditoría.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según se establece en el título 3.- (“Auditoría Externa”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, la Sociedad invita anualmente a la empresa de auditoría externa a cargo de la auditoría de los estados financieros, para que ésta exponga al Directorio o al Comité de Directores del artículo 50 bis de la Ley de Sociedades Anónimas, sobre el programa o plan anual de auditoría. El Directorio estima que una reunión anual es suficiente para conocer el plan anual de auditoría. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. Eventuales diferencias detectadas en la auditoría respecto de prácticas contables, sistemas administrativos y auditoría interna.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según se establece en el título 3.- (“Auditoría Externa”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, la Sociedad invita anualmente a la empresa de auditoría externa para que exponga al Directorio o al Comité de Directores sobre las eventuales diferencias detectadas en la auditoría respecto de prácticas contables, sistemas administrativos y auditoría interna. El Directorio estima que, salvo que se presenten circunstancias que aconsejen modificar la periodicidad de las mismas, una reunión anual es suficiente para este efecto. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iii. Eventuales deficiencias graves que se hubieran detectado y aquellas situaciones irregulares que por su naturaleza deban ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según se establece en el título 3.- (“Auditoría Externa”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, la Sociedad invita anualmente a la empresa de auditoría externa para que exponga al Directorio o al Comité de Directores sobre las eventuales deficiencias graves que se hubieren detectado y aquellas situaciones irregulares que por su naturaleza deban ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes. El Directorio estima que una reunión anual es suficiente para este efecto, salvo que efectivamente la empresa de auditoría externa detectare deficiencias graves o situaciones irregulares a ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes, en cuyo caso deberá celebrarse una reunión con la empresa de auditoría externa en cuanto ésta informare de la eventual deficiencia grave o situación irregular. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iv. Los resultados del programa anual de auditoría.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según se establece en el título 3.- (“Auditoría Externa”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, la Sociedad invita anualmente a la empresa de auditoría externa para que exponga al Directorio o al Comité de Directores sobre los resultados del programa anual de auditoría. El Directorio estima que una reunión anual es suficiente para conocer los resultados del programa anual de auditoría. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      v. Los posibles conflictos de interés que puedan existir en la relación con la empresa de auditoría o su personal, tanto por la prestación de otros servicios a la sociedad o a las empresas de su grupo empresarial, como por otras situaciones.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según se establece en el título 3.- (“Auditoría Externa”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, la Sociedad invita anualmente a la empresa de auditoría externa para que exponga al Directorio o al Comité de Directores sobre los posibles conflictos de interés que puedan existir en relación con la empresa de auditoría o su personal, tanto por la prestación de otros servicios a la Sociedad o a las empresas de su grupo empresarial, como por otras situaciones. El Directorio estima que, salvo que se presenten circunstancias que aconsejen disminuir la periodicidad de las mismas, una reunión anual es suficiente para este efecto. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

    e) El directorio se reúne al menos trimestralmente con la unidad de gestión de riesgos de la entidad o responsable de función equivalente, para analizar:


    • i. El adecuado funcionamiento del proceso de gestión de riesgos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según lo establecido en el numeral 2.1 del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategias de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Directorio ha de reunirse trimestralmente con la Gerencia de Riesgos y Seguros o uno o más de los integrantes del Comité de Riesgos y Seguros de la Sociedad para analizar el funcionamiento del proceso de gestión de riesgos. Adicionalmente, la Gerencia de Riesgos y Seguros de la Sociedad realiza el monitoreo del avance de los planes de acción en forma constante y está disponible para reunirse con cualquier integrante del directorio que lo solicitare para tomar conocimiento del estado de avance de los referidos planes. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. La matriz de riesgo empleada por la unidad así como las principales fuentes de riesgos y metodologías para la detección de nuevos riesgos y la probabilidad e impacto de ocurrencia de aquellos más relevantes.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según lo establecido en el numeral 2.1 del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategias de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Directorio ha de reunirse trimestralmente con la Gerencia de Riesgos y Seguros o uno o más de los integrantes del Comité de Riesgos y Seguros para analizar la matriz de riesgos empleada, así como las principales fuentes de riesgos y metodologías para la detección de nuevos riesgos y la probabilidad e impacto de ocurrencia de aquellos más relevantes. Adicionalmente, la matriz de riesgos es actualizada, revisada y presentada trimestralmente al Comité de Riesgos y Seguros. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iii. Las recomendaciones y mejoras que en opinión de la unidad sería pertinente realizar para gestionar de mejor manera los riesgos de la entidad.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según lo establecido en el numeral 2.1. del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategias de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Directorio ha de reunirse trimestralmente con la Gerencia de Riesgos y Seguros o uno o más de los integrantes del Comité de Riesgos y Seguros para analizar las recomendaciones y mejoras que en opinión del Comité de Riesgos sería pertinente realizar para gestionar de mejor manera los riesgos de la entidad, sin perjuicio de la facultad que tiene cualquier director para solicitar una reunión al efecto. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iv. Los planes de contingencia diseñados para reaccionar frente a la materialización de eventos críticos, incluida la continuidad del directorio en situaciones de crisis.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según lo establecido en el numeral 2.1 del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV (“Estrategias de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Directorio ha de reunirse trimestralmente con la Gerencia de Riesgos y Seguros o uno o más de los integrantes del Comité de Riesgos y Seguros para analizar los planes de contingencia diseñados para reaccionar frente a la materialización de eventos críticos. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

    f) El directorio se reúne al menos trimestralmente con la unidad de auditoría interna, oficial de cumplimiento o responsable de función equivalente, para analizar:


    • i. El programa o plan de auditoría anual.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne semestralmente con el Auditor Interno para revisar el programa o plan de auditoría anual y reportar sobre su gestión, sin perjuicio de que debe informar al Directorio cada vez que a lo menos uno de sus integrantes lo solicite. Además, en el caso que se detectaren situaciones irregulares, deberá solicitar de inmediato una reunión con el Directorio, el Presidente o el Oficial de Ética para informar al respecto. Así se establece en el numeral 2.2. del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo y número VI. (“Medios y Facultades del Encargado de Prevención de Delitos”) y título final (“Procedimientos de Auditorías”) del Manual de Prevención de Delito. El Directorio estima que una reunión semestral es suficiente para conocer el programa anual de auditoría del Auditor Interno. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

      ii. Eventuales deficiencias graves que se hubieran detectado y aquellas situaciones irregulares que por su naturaleza deban ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes o el Ministerio Público.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne semestralmente con el Auditor Interno para revisar las eventuales deficiencias graves que se hubieran detectado y aquellas situaciones irregulares que de ser graves deberá reportar al Presidente del Directorio, al Gerente General o al Oficial de Ética. Así se establece en el numeral 2.2 del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo y número VI. (“Medios y Facultades del Encargado de Prevención de Delitos”) y título final (“Procedimientos de Auditorías”) del Manual de Prevención de Delito. El Directorio estima que una reunión semestral es suficiente para este efecto, salvo que efectivamente el Auditor Interno detectare situaciones irregulares a ser comunicadas a los organismos fiscalizadores competentes o al Ministerio Público, en cuyo caso deberá celebrarse una reunión con el Auditor Interno en cuanto éste informare de la eventual situación irregular. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

      iii. Las recomendaciones y mejoras que en opinión de la unidad sería pertinente realizar para minimizar la ocurrencia de irregularidades o fraudes.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne semestralmente con el Auditor Interno para revisar las recomendaciones y mejoras que su opinión sería pertinente realizar para minimizar la ocurrencia de irregularidades o fraudes. Así se establece en el título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo y número VI. (“Medios y Facultades del Encargado de Prevención de Delitos”) y título final (“Procedimientos de Auditorías”) del Manual de Prevención de Delito. El Directorio estima que, salvo que se presenten circunstancias que aconsejen disminuir la periodicidad de las mismas, una reunión semestral es suficiente para este efecto. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

      iv. La efectividad de los modelos de prevención de delitos implementados por la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne semestralmente con el Encargado de Prevención de Delitos para revisar la efectividad de los modelos de prevención de delitos implementados por la sociedad. Así se establece en el título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo y número VI. (“Medios y Facultades del Encargado de Prevención de Delitos”) y título final (“Procedimientos de Auditorías”) del Manual de Prevención de Delito. El Directorio estima que una reunión semestral es suficiente para este efecto. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      MANUAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

    g) El directorio se reúne al menos trimestralmente con la unidad de Responsabilidad Social, Desarrollo Sostenible o responsable de función equivalente, para analizar:


    • i. La efectividad de las políticas aprobadas por el directorio para difundir al interior de la organización, sus accionistas y al público en general los beneficios de la diversidad e inclusión para la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne periódicamente con la Gerencia Corporativa de Relaciones Institucionales para que esta unidad dé cuenta respecto de su gestión, entre las que se encuentran las siguientes funciones: relacionarse con las comunidades, llevar a cabo las medidas que la Sociedad ha acordado para relacionarse con las comunidades, evaluar el resultado de las medidas, así como también evaluar nuevos cursos de acción. Adicionalmente, la Sociedad en forma interna realiza capacitaciones, charlas y difunde los manuales en materias de su competencia, lo que no requiere aprobación del Directorio.

      ii. Las barreras organizacionales, sociales o culturales detectadas que pudieren estar inhibiendo la natural diversidad que se habría dado de no existir esas barreras.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne periódicamente con la Gerencia Corporativa de Relaciones Institucionales para que esta unidad dé cuenta respecto de su gestión. Adicionalmente, la Sociedad en forma interna realiza capacitaciones, charlas y difunde los manuales en materias de su competencia, lo que no requiere aprobación del Directorio.

      iii. La utilidad y aceptación que han tenido los reportes de sostenibilidad difundidos a los grupos de interés relevantes de la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne periódicamente con la Gerencia Corporativa de Relaciones Institucionales para que esta unidad dé cuenta respecto de su gestión. Adicionalmente, la Sociedad en forma interna realiza capacitaciones, charlas y difunde manuales en materias de su competencia, lo que no requiere aprobación del Directorio.

    h) El directorio contempla durante cada año la realización de visitas en terreno a las distintas dependencias e instalaciones de la sociedad, para conocer:


    • i. El estado y funcionamiento de esas dependencias e instalaciones.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.12 (“Funcionamiento del Directorio”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, establece que una vez al año el Directorio o algún miembro del Directorio, se reunirá o visitará las centrales de la Sociedad, alternando entre la Central Tocopilla, la Central Mejillones y los parques de generación renovable, para efectos de ver el estado y funcionamiento de esas dependencias e instalaciones. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. Las principales funciones y preocupaciones de quienes se desempeñan en las mismas.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.12 (“Funcionamiento del Directorio”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, establece que el Directorio o algún miembro del Directorio se reunirá una vez al año en dependencias de la Sociedad, alternando entre la Central Tocopilla, la Central Mejillones y los parques de generación renovable, para efectos de conocer las principales funciones y preocupaciones de quienes se desempeñan en las mismas. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iii. Las recomendaciones y mejoras que en opinión de los responsables de esas dependencias e instalaciones sería pertinente realizar para mejorar el funcionamiento de las mismas.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El numeral 1.12 (“Funcionamiento del Directorio”) del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, establece que el Directorio o algún miembro del Directorio se reunirá una vez al año en dependencias de la Sociedad, alternando entre la Central Tocopilla, la Central Mejillones y los parques de generación renovable, para efectos de conocer las recomendaciones y mejoras que en opinión de los responsables de esas dependencias e instalaciones sería pertinente realizar para mejorar el funcionamiento de las mismas. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

    i) De las reuniones sostenidas para cada punto referido en las letras d) a la f) anteriores, al menos una por cada punto se realiza sin la presencia del gerente general de la sociedad.

    • No
      Explicación:
      El Directorio no ha estimado necesario establecer a priori si determinadas materias han de ser analizadas sin la presencia del Gerente General. De esta forma, el numeral 1.12 (“Funcionamiento del título 1.- (“Directorio”) del número III (“Dirección y Gestión”) de Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, establece que a las sesiones ordinarias o extraordinarias de Directorio que se celebren tendrán derecho a asistir los directores y el Gerente General, sin perjuicio de que el Directorio puede acordar que una reunión se celebre sin la presencia del Gerente General. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

    j) El directorio cuenta con un procedimiento formal de mejoramiento continuo en operación:


    • i. Para detectar e implementar eventuales mejoras en su organización y funcionamiento.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para detectar e implementar eventuales mejoras en su organización y funcionamiento, sin perjuicio de poder evaluar la posibilidad de adoptar algún procedimiento de mejoramiento continuo en este sentido. En el evento que cualquiera de los miembros de éste considere que deben llevarse a cabo mejoras, éstas son planteadas y discutidas en la sesión correspondiente de acuerdo a las reglas generales para la adopción de acuerdos.

      ii. Para detectar aquellas áreas en que sus integrantes pueden fortalecerse y continuar perfeccionándose.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para este efecto.

      iii. Para detectar y reducir barreras organizacionales, sociales o culturales que pudieren estar inhibiendo la natural diversidad de capacidades, visiones, características y condiciones que se habría dado en el directorio de no existir esas barreras.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para este efecto, considerando que la elección de los miembros del Directorio es materia soberana de la Junta de Accionistas.

      iv. Que, sin perjuicio de las obligaciones legales, contemple expresamente la determinación del número mínimo de reuniones ordinarias, el tiempo promedio mínimo de dedicación presencial y remota a las mismas, y la antelación con la que se debiera remitir la citación y los antecedentes necesarios para la adecuada realización de aquéllas, reconociendo las características particulares de la entidad así como también la diversidad de experiencias, condiciones y conocimientos existentes en el directorio, según la complejidad de las materias a tratar.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio se reúne mensualmente en las oficinas de la Sociedad. Las reuniones se fijan en el directorio de diciembre de cada año. Adicionalmente, el Gerente General, con a lo menos cinco días de anticipación, envía a los directores, a través de un correo electrónico, una carta invitando a participar en él y acompañando en el mismo correo la orden del día y el link de acceso a las presentaciones que se expondrán. En las sesiones los directores pueden plantear todo tipo de preguntas para la cabal comprensión del tema en cuestión, así como realizar sugerencias. Por otra parte, los directores deberán contar con el tiempo necesario para dar cumplimiento a su rol en la Sociedad, lo cual implica la asistencia a las sesiones de Directorio y la revisión y estudio de la documentación que se pone a su disposición con anterioridad a cada sesión, de manera de estar en condiciones de deliberar y adoptar los acuerdos sometidos a su pronunciamiento en la sesión respectiva. Considerando que el tiempo necesario para estos efectos dependerá de la complejidad de las materias a tratar, de los conocimientos y experiencias de los directores, de la forma de trabajo de cada uno de ello y, en fin, de un sinnúmero de variables que no es posible cuantificar, no parece conveniente establecer un tiempo mínimo rígido que los directores deban destinar al cumplimiento de sus funciones.

      v. Que contemple expresamente el cambio, en el caso que fuere pertinente, de la forma de organización y funcionamiento del directorio ante situaciones de contingencia o crisis.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para este efecto ya que la ley ordena al Directorio funcionar en sala legalmente constituida, esto es, previa citación en la forma legal, reuniendo el quórum legal o estatutario para reunirse y tomar acuerdos y plasmando debidamente sus acuerdos en un acta.

      vi. Que considere la asesoría de un experto ajeno a la sociedad para la detección e implementación de esas eventuales mejoras o áreas de fortalecimiento.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para este efecto.

      vii. En que la detección a que se refiere los números i a iii anteriores, se realice al menos sobre una base anual.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal para este efecto.

    k) El directorio cuenta con un sistema de información en operación y de acceso por parte de cada director que:


    • i. Le permite acceder, de manera segura, remota y permanente, a todas las actas y documentos tenidos a la vista para cada sesión de directorio de los últimos 3 años, de acuerdo a un mecanismo de ordenamiento que facilite su indexación y búsqueda de información.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad mantiene un archivo con la documentación que se proporciona a los directores con la ocasión de cada sesión de Directorio, así como con las presentaciones efectuadas en la misma reunión, documentos que se mantienen en un sistema de acceso remoto, seguro y permanente, encontrándose éstos ordenados en carpetas por fechas. El numeral 1.9 (“Información y encargo de estudios y consultorías”) del título 1.- (“Directorio”) del número III.- (“Directorio y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo de la Sociedad, establece que es deber del Gerente General mantener actualizado dicho archivo, el cual estará permanentemente a disposición de los directores que quieran consultarlo. En relación a las actas de sesiones de directorio, éstas se mantienen a disposición de los directores a través de una plataforma digital de acceso remoto, seguro y permanente. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      ii. Le permite acceder, de manera segura, remota y sin perjuicios de las obligaciones legales respecto al plazo de envío de contenido de las citaciones, a la minuta o documento que sintetiza todas las materias que se tratarán en esa sesión y los demás antecedentes que se presentarán en dicha sesión o adicionales necesarios para prepararse para la misma.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cuenta con un sistema de información que permite acceder de la forma requerida. Con a lo menos cinco días de anticipación a la sesión de directorio, el Gerente General envía a los directores, a través de un correo electrónico, la orden del día y el link de acceso a las presentaciones que se expondrán en la referida sesión. Adicionalmente, cada director cuenta con acceso a la plataforma digital en que se encuentran los documentos antes mencionados.

      iii. Permite el acceso al que se refiere el número ii anterior, con al menos 5 días de antelación a la sesión respectiva.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El sistema permite el acceso a que se refiere el número ii. con la antelación requerida.

      iv. Le permite acceder de manera segura, remota y permanente, al sistema de denuncias implementado por la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Las denuncias recibidas por la Sociedad son revisadas por el Oficial de Ética o el Encargado de Prevención de Delitos, según se trate de una denuncia general o de una denuncia basada en la Ley 20.393 de responsabilidad penal de las personas jurídicas. El numeral 5 (“Procedimiento de Denuncias”) del número VI (“Varios”) del Código de Gobierno Corporativo establece que, en aras de la reserva, se ha estimado conveniente que las denuncias sean solo conocidas por el Oficial de Ética o por el Encargado de Prevención de Delitos, según sea el caso, pero que en aquellos casos en que la denuncia sea de suficiente gravedad y verosimilitud, sean puestas en conocimiento del Gerente General y/o del Directorio. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      v. Le permite revisar el texto definitivo del acta de dicha sesión.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Las actas de Directorio son proporcionadas a los directores con anterioridad a la sesión ordinaria siguiente, para sus consultas o aprobación.

      vi. Permite la revisión a que se refiere el número v anterior, con no más de 5 días posteriores a la sesión respectiva.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad da cabal cumplimiento al inciso final del artículo 48 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el sentido que el acta debe quedar firmada antes de la sesión de Directorio siguiente, lo que habitualmente ocurre después del plazo de cinco días de realización de la sesión respectiva.

2. De la relación entre la sociedad, los accionistas y público en general

  • a) El directorio ha implementado un procedimiento formal y en operación para que los accionistas de la sociedad se puedan informar:


    • i. Con al menos 3 meses de antelación a la junta de accionistas en que se elegirán directores, acerca de la diversidad de capacidades, condiciones, experiencias y visiones que en opinión del directorio resulta aconsejable formen parte del mismo para que éste esté en mejores condiciones de velar por el interés social.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha estimado necesario implementar un procedimiento formal para informar acerca de la diversidad de capacidades, condiciones, experiencias y visiones que en opinión del directorio resulta aconsejable formen parte del mismo. La Sociedad da cumplimiento en cada elección de directores al procedimiento legal y reglamentario de proposición y comunicación de candidaturas a director de la Sociedad. El Gerente General, en cuanto le es posible, publica la nómina de candidatos a director con al menos 2 días de anticipación a la junta de accionistas donde deberá elegirse al Directorio. En caso de proporcionarse, dicha lista debe incluir la experiencia y perfil profesional de cada candidato.

      ii. Antes de la votación correspondiente, del número máximo de directorios que, en opinión del directorio, es aconsejable tengan los directores que sean electos por los accionistas.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha estimado necesario implementar un procedimiento formal para informar acerca del número máximo de directorios que, en opinión del directorio, es aconsejable tengan los directores que sean electos por los accionistas.

      iii. Antes de la votación correspondiente, la experiencia, profesión u oficio del candidato a director.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Código de Gobierno Corporativo de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.10 (“Candidatos a Director”) del título 1.- (“Directorio”) del número III.- (“Dirección y Gestión”) establece que el Gerente General debe informar sobre la experiencia y el perfil profesional de los candidatos, si tales datos hubieren sido proporcionados por éstos a la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iv. Antes de la votación correspondiente, si el candidato a director mantiene o ha mantenido en los últimos 18 meses relaciones contractuales, comerciales o de otra naturaleza con el controlador de la sociedad, o sus principales competidores o proveedores.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      De conformidad con el artículo 50 bis de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa antes de la votación qué directores hubieren suscrito la declaración de independencia relativa a su situación en los 18 meses anteriores.

    b) El directorio ha implementado un mecanismo, sistema o procedimiento formal que permita:


    • i. A los accionistas participar y ejercer su derecho a voto por medios remotos, en la misma oportunidad que el resto de los accionistas que están físicamente representados en la junta.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Con motivo de la celebración de las Juntas Ordinarias de Accionistas de 2020 y 2021, el directorio, conforme con lo dispuesto en la Norma de Carácter General N°435 y en el Oficio Circular N°1141, ambos dictados por la Comisión para el Mercado Financiero, implementó la utilización de plataforma de videoconferencia con el apoyo de empresas especializadas, para permitir la participación y votación a distancia de los accionistas en la misma oportunidad que el resto de los accionistas que estén físicamente representados en la junta.

      ii. A los accionistas observar, de manera remota y en tiempo real, lo que ocurre durante las juntas de accionistas.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Con motivo de la celebración de las Juntas Ordinarias de Accionistas de 2020 y 2021, el directorio, conforme con lo dispuesto en la Norma de Carácter General N°435 y en el Oficio Circular N°1141, ambos dictados por la Comisión para el Mercado Financiero, implementó la utilización de plataforma de videoconferencia con el apoyo de empresas especializadas, para permitir la participación y votación a distancia de los accionistas, permitiéndoles a través de ella observar de manera remota y en tiempo real lo que ocurre durante la junta.

      iii. Al público en general informarse en tiempo real de los acuerdos adoptados en las juntas de accionistas.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un mecanismo, sistema o procedimiento al efecto dirigido a personas distintas de los accionistas, ya que por ahora no parece haber justificación para adoptar esta práctica.

      iv. Al público en general enterarse de los acuerdos adoptados en la junta de accionista, con un desfase inferior a 5 minutos de votado el acuerdo respectivo.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un mecanismo, sistema o procedimiento al efecto dirigido a personas distintas de los accionistas, ya que por ahora no parece haber justificación para adoptar esta práctica.

    c) El directorio ha aprobado una política y establecido procedimientos formales que tienen por objetivo proveer anualmente al público información respecto a:


    • i. Las políticas adoptadas por la sociedad en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio ha aprobado el Reporte Integrado que incluye la Política de Sostenibilidad. SITIO WEB: www.engie-energia.cl
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      SITIO WEB: http://www.engie-energia.cl

      ii. Los grupos de interés identificados por la sociedad como relevantes, así como las razones por las que tales grupos tienen esa condición.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio ha aprobado el Reporte Integrado que identifica los Grupos de Interés.

      iii. Los riesgos relevantes, incluidos los de sostenibilidad, de la sociedad, así como las principales fuentes de esos riesgos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio ha aprobado el Reporte Integrado que contiene estas materias. Además la Sociedad tiene sistemas de gestión destinados a controlar los riesgos del negocio (INCOME), como también un Encargado de Prevención del Delito y Auditor Interno que reporta directamente al Directorio.

      iv. Los indicadores medidos por la sociedad en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio ha aprobado el Reporte Integrado que contiene los indicadores medidos por la sociedad en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible.

      v. La existencia de metas y la evolución que han tenido los indicadores de sostenibilidad.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio ha aprobado el Reporte Integrado que contiene las metas y evolución que han tenido los indicadores de sostenibilidad.

    d) Para efectos de la definición de las políticas, indicadores y formato de reporte referidos en la letra c) anterior, se han seguido estándares internacionales como, por ejemplo, las directrices contenidas en la ISO 26000:2010, o los Principios y Estándares de Reportes y Difusión de la "Global Reporting Initiative" o del "International Integrated Reporting Council".


    • Global Reporting Initiative
      Global Reporting Initiative

      Explicación (4000 caracteres máximo):
      Para la elaboración del reporte se utiliza los principios del “Global Reporting Initiative”

    e) La sociedad cuenta con una unidad de relaciones con los accionistas, inversionistas y medios de prensa que:


    • i. Permite a éstos aclarar dudas de la sociedad, sus negocios, principales riesgos, situación financiera, económica o legal y negocios públicamente conocidos de la entidad.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cumple con esta práctica a través de la figura del Investor Relations Officer. Asimismo cuenta con una Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Institucionales, que administra la relación con los medios de prensa. Adicionalmente, con motivo de la aprobación de los estados financieros trimestrales, la Sociedad realiza una conferencia telefónica con inversionistas extranjeros y nacionales, así como un comunicado de prensa, a fin de presentar dicha información. El contenido de la conferencia telefónica se publica en el sitio web de la Sociedad. SITIO WEB: www.engie-energia.cl
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      SITIO WEB: http://www.engie-energia.cl

      ii. Cuenta con personas que, al menos, dominen el idioma inglés para responder a las consultas de quienes no hablen español.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La unidad encargada domina el idioma inglés con el fin de responder a las consultas de quienes no hablen español.

      iii. Es la única unidad autorizada por el directorio para responder tales consultas a los accionistas, inversionistas y medios de prensa.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La unidad encargada es la única autorizada por el Directorio para responder tales consultas.

    f) El directorio cuenta con un procedimiento formal de mejoramiento continuo en operación:


    • i. Para detectar e implementar, eventuales mejoras en los procesos de elaboración y difusión de las revelaciones que realiza la entidad al mercado a objeto que éstas sean de fácil comprensión por el público.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal al efecto. Sin perjuicio de ello, el Directorio da estricto cumplimiento a las normas legales y disposiciones de la Comisión para el Mercado Financieros sobre estas materias, analizando y evaluando la oportunidad y pertinencia de la comunicación de hechos esenciales y otras revelaciones al mercado. Además, el “Manual de Manejo de Información de Interés para el Mercado” regula formalmente el envío de estas comunicaciones. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/201808-Manual-de-manejo-de-informacion-de-interes-para-el-mercado.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/201808-Manual-de-manejo-de-informacion-de-interes-para-el-mercado.pdf

      ii. Para detectar e implementar, eventuales mejoras en los procesos de elaboración y difusión de las revelaciones que realiza la entidad al mercado a objeto que dichas comunicaciones sean provistas al mercado de manera oportuna.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal al efecto. Sin perjuicio de ello, el Directorio da estricto cumplimiento a las normas legales y disposiciones de la Comisión para el Mercado Financieros sobre estas materias, analizando y evaluando la oportunidad y pertinencia de la comunicación de hechos esenciales y otras revelaciones al mercado. Adicionalmente, durante el año 2021 el Directorio da la Sociedad aprobó una versión del “Manual de Manejo de Información de Interés para el Mercado” con el objeto de incorporar un procedimiento para la elaboración y comunicación oportuna de hechos esenciales, incluyendo disposiciones para evitar filtraciones antes de la divulgación de los mismos. MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/201808-Manual-de-manejo-de-informacion-de-interes-para-el-mercado.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/201808-Manual-de-manejo-de-informacion-de-interes-para-el-mercado.pdf

      iii. Que considere la asesoría de un experto ajeno a la sociedad para la detección e implementación de esas eventuales mejoras.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal que considere la asesoría de un experto ajeno a la Sociedad para la detección e implementación de esas eventuales mejoras.

      iv. En que la detección a que se refieren los números i y ii anteriores, se realiza al menos sobre una base anual.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal de mejoramiento continuo en operación.

    g) La sociedad cuenta con una página web actualizada por medio de la cual los accionistas pueden acceder a toda su información pública, de manera sencilla y de fácil acceso.


    • Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cuenta con el sitio web www.engie-energia.cl actualizado, por medio de la cual, no solo los accionistas sino terceros interesados pueden acceder a toda la información pública, de manera sencilla y de fácil acceso.

3. De la gestión y control de riesgos

  • a) El directorio ha implementado un proceso formal de Gestión y Control de Riesgos el cual se encuentra en operación y que:


    • i. Tiene como directrices generales las políticas de gestión de riesgos aprobadas por el directorio.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad tiene sistemas de gestión destinados a controlar los riesgos del negocio (INCOME), como también un Auditor Interno y Encargado de Prevención del Delito, que reportan directamente al Directorio. Cuenta además con un procedimiento de gestión de riesgos en que se describe la metodología de evaluación y análisis de riesgos y realización de la matriz de riesgos.

      ii. Cuenta con una unidad de Gestión de Riesgos o equivalente, encargada de la detección, cuantificación, monitoreo y comunicación de riesgos, y que reporta directamente al directorio.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cuenta con una Gerencia de Riesgos y Seguros. Cuenta además con un Comité de Riesgos y Seguros compuesto por el Gerente General, los Gerentes Corporativos, el ejecutivo responsable del riesgo, el Gerente de Riesgos y Seguros y los Analistas de Riesgo y Seguros. Este Comité es el responsable de la aprobación de la matriz de riesgos, así como de la inclusión, alteración, exclusión y medidas de mitigación. Según lo establecido en el numeral 2.1 del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategias de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Directorio ha de reunirse trimestralmente con la Gerencia de Riesgos y Seguros o uno o más de los integrantes del Comité de Riesgos y Seguros de la Sociedad para analizar el funcionamiento del proceso de gestión de riesgos. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iii. Cuenta con una unidad de Auditoría Interna o equivalente, responsable de la verificación de la efectividad y cumplimiento de las políticas, procedimientos, controles y códigos aprobados por el directorio, y que reporta directamente a éste.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Según el numeral 2.2. del título 2.- (“Administración de Riesgos”) del número IV.- (“Estrategia de Gestión y Control”) del Código de Gobierno Corporativo, el Auditor Interno es la persona encargada de hacer el seguimiento del cumplimiento de las políticas y procedimientos de control interno y reporta directamente al Directorio de la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      iv. Incorpora dentro del proceso de cuantificación, monitoreo y comunicación de riesgos tanto los riesgos directos de la entidad como aquellos indirectos que pueden surgir de las demás empresas del grupo empresarial al que pertenece la entidad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El procedimiento de control de riesgos no incorpora los riesgos indirectos que puedan surgir de las demás empresas del grupo empresarial al que pertenece la entidad, sin perjuicio de poder ser ello evaluado en la revisión de la matriz de riesgos.

      v. Considera el impacto potencial que tendrá la materialización de los riesgos de sostenibilidad económicos, sociales y ambientales a los que la misma está expuesta.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El procedimiento de control de riesgos incorpora el impacto de la materialización de los riesgos de sostenibilidad, económicos, sociales y ambientales.

      vi. Tiene como guía principios, directrices y recomendaciones nacionales e internacionales como, por ejemplo, los desarrollados por "The Committee of Sponsoring Organizations" (COSO, por sus siglas en inglés) o los contenidos en "Control Objectives for Information and Related Technology" (COBIT, por sus siglas en inglés) creados por ISACA o la ISO 31000:2009 e ISO 31004:2013.
      Respuesta:
      The Committee of Sponsoring Organizations (COSO, por sus siglas en inglés)
      The Committee of Sponsoring Organizations (COSO, por sus siglas en inglés)

      Explicación (4000 caracteres máximo):
      La Sociedad sigue los estándares recomendados por “The Committee of Sponsoring Organizations”.

      vii. Contempla un Código de Conducta o documento equivalente aprobado por el directorio y revisado anualmente, que define los principios y lineamientos que deben guiar el actuar del personal y directorio de la entidad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad cuenta con un Código de Gobierno Corporativo, un Código de Conducta y Ética en los Negocios y un Manual para la Prevención de Delitos, que definen los principios y lineamientos que deben guiar el actuar del personal y Directorio de la entidad. Sin embargo, éstos no son revisados anualmente por el directorio. De todas formas, durante el año 2021, el Directorio de la Sociedad aprobó una “Política General de Manejo de Conflictos de Interés”, que contiene y sistematiza las disposiciones sobre dicha materia contenidas en los códigos y manuales referidos precedentemente aprobados por el Directorio y/o vigentes en la Sociedad, más ciertas normas que se estimó conveniente incorporar para el manejo de las situaciones que configuran o que podrían configurar un conflicto de interés, la cual es aplicable a los directores, gerentes, ejecutivos principales y trabajadores de ENGIE Energía Chile S.A. y sus sociedades filiales y, en general, a cualquier persona que en razón de su cargo, funciones o posición en ésta pueda participar o influir en la toma de decisiones en asuntos de la Sociedad. Corresponde al Comité de Directores proponer al Directorio eventuales modificaciones a la referida política. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://www.engie.cl/wp-content/uploads/2018/09/201703-Manual-de-prevencion-del-delito.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf
      MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://www.engie.cl/wp-content/uploads/2018/09/201703-Manual-de-prevencion-del-delito.pdf

      viii. Contempla la información y capacitación permanente de todo el personal atingente, independiente del vínculo contractual que lo una con la sociedad, respecto de las políticas, procedimientos, controles y códigos implementados para la gestión de riesgos.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El “Manual para la Prevención de Delito de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Receptación y Cohecho”, en el título “Capacitación”, considera un programa de capacitación para sus trabajadores, dentro de los cuales se encuentra el Encargado de Prevención del Delito. Adicionalmente, en el proceso de inducción de todo nuevo trabajador se le capacita sobre los estándares éticos de la empresa y se le entrega una copia del Código de Conducta y Ética de Negocios. Sin embargo, no existe una política formal de capacitación respecto del Código de Gobierno Corporativo. CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA DE NEGOCIO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/2020-Codigo-de-conducta-y-etica-de-negocios.pdf
      MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

      ix. Es revisado y actualizado, al menos anualmente.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El “Manual para la Prevención del Delito de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Receptación y Cohecho”, en su título final (“Procedimientos de Auditoría”) establece que el Encargado de Prevención del Delito y Auditor Interno, establecerá un Plan Anual de Auditoría para la verificación de la operación de los controles implementados para la mitigación del riesgo de los delitos establecidos en la Ley Nº 20.393 en forma periódica. Adicionalmente, se señala en el tercer párrafo que Auditoría Interna efectuará al menos una revisión a todos los procesos de la Sociedad cada 5 años, lo que será informado al Gerente General y al Directorio, incluyendo recomendaciones expresas. MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      MANUAL PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2020/05/Manual-Prevencio%CC%81n-del-Delito-22-abril.pdf

    b) El directorio ha implementado un procedimiento formal y que está en operación:


    • i. Para canalizar las denuncias por parte de su personal, cualquiera sea el vínculo contractual, accionistas, clientes, proveedores o terceros ajenos a la sociedad, de eventuales irregularidades o ilícitos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      A través del sitio web de la Sociedad, cualquier persona puede realizar denuncias generales, que conocerá el Oficial de Ética, y denuncias relacionadas con responsabilidad penal de las personas jurídicas, que conocerá el Encargado de Prevención de Delitos. SITIO WEB: www.engie-energia.cl DENUNCIAS: https://engie-energia.cl/denuncias/
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      SITIO WEB: http://www.engie-energia.cl
      DENUNCIAS: https://engie-energia.cl/denuncias/

      ii. Que garantiza el anonimato del denunciante.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Las denuncias podrán formularse en forma anónima.

      iii. Que permite al denunciante conocer el estado de su denuncia.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      En aquellos casos en que el denunciante se identifica, la Compañía le informará el resultado de la investigación que lleve a cabo.

      iv. Que es puesto en conocimiento de su personal, accionistas, clientes, proveedores y terceros, tanto mediante capacitaciones como a través del sitio en Internet de la entidad.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El procedimiento de denuncia está abierto a todos (clientes y proveedores) a través de la página web de la Sociedad. SITIO WEB: www.engie-energia.cl DENUNCIAS: https://engie-energia.cl/denuncias/
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      SITIO WEB: http://www.engie-energia.cl
      DENUNCIAS:https://engie-energia.cl/denuncias/

    c) El directorio ha implementado un procedimiento formal y que está en operación:


    • i. Para detectar y reducir barreras organizacionales, sociales o culturales que pudieren estar inhibiendo la diversidad de capacidades, condiciones, experiencias y visiones que, sin esas barreras, se habría dado naturalmente en la organización.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no cuenta con un procedimiento formal aprobado para este efecto.

      ii. Para identificar la diversidad de capacidades, conocimientos, condiciones, experiencias y visiones con que deben contar sus ejecutivos principales.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un procedimiento formal aprobado por el Directorio para este efecto.

      iii. Para identificar entre los trabajadores de la entidad, a potenciales reemplazantes del gerente general y demás ejecutivos principales, en función del proceso de identificación descrito en el numeral ii anterior.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un procedimiento formal aprobado por el Directorio para este efecto.

      iv. Para reemplazar oportunamente al gerente general y demás ejecutivos principales, y traspasar sus funciones e información relevante, ante su ausencia imprevista, minimizando el impacto que ello tendría en la organización.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      De acuerdo al numeral 3.3 (“Ausencia o vacancia del Gerente General”) del título 3 (“Administración”) del número III (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo, en caso de ausencia o vacancia del Gerente General, éste será reemplazado en forma interina por alguno de los gerentes corporativos designados al efecto por el Directorio. Además, la “Política para la Administración de Recursos Humanos” de la Compañía, establece un procedimiento de selección de personal aplicable a los ejecutivos principales y trabajadores en general. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2021/01/CGC-EECL-agosto-2020-_1_-2.pdf

      v. En que la detección a que se refieren los números i y ii anteriores, se realiza al menos sobre una base anual.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      La Sociedad no cuenta con un procedimiento formal al efecto.

    d) El directorio ha implementado un procedimiento formal y que está en operación:


    • i. Para revisar, al menos sobre una base anual, las estructuras salariales y políticas de compensación e indemnización del gerente general y demás ejecutivos principales, con el fin de detectar y corregir eventuales incentivos a que dichos ejecutivos expongan a la sociedad a riesgos que no estén acorde a las políticas definidas sobre la materia o a la comisión de eventuales ilícitos.
      Respuesta:
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      Las políticas de compensación a ejecutivos, incluyendo bonos y otros beneficios que se acuerden o distribuyan a éstos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.5 (“Compensación a Ejecutivos”) del título 3.- (“Administración”) del número III.- (“Dirección y Gestión”) del Código de Gobierno Corporativo, deberán estar basados en un modelo de evaluación de desempeño que deberá contemplar objetivos personales, evaluación por el jefe directo y el scorecard aplicable, vale decir, un mix de indicadores ajustados a cada área y persona, alineados con los objetivos de la Sociedad. Corresponde al Comité de Directores examinar los sistemas de remuneraciones y planes de compensación de los gerentes, ejecutivos principales y trabajadores de la Sociedad. CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2019/06/codigo_de_gobierno_corporativo.pdf
      Si en su explicación usted hizo referencia a sus propias políticas, procedimientos, códigos u otros similares, favor indicar las URLs donde éstos se encontrarán disponibles en su sitio en Internet.

      DescripciónURL (ejemplo: http://www.svs.cl)
      CÓDIGO DE GOBIERNO CORPORATIVO: https://engie-energia.cl/wp-content/uploads/2019/06/codigo_de_gobierno_corporativo.pdf

      ii. Que contempla la asesoría de un tercero ajeno a la sociedad que apoye al directorio, y al comité de directores en caso que corresponda, en la revisión a que se refiere el numeral i anterior.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha estimado necesario establecer que las políticas de compensación a ejecutivos sean revisadas con la asesoría de un tercero ajeno a la Sociedad.

      iii. Que contempla la difusión de las estructuras salariales y políticas de compensación e indemnización del gerente general y demás ejecutivos principales, en el sitio en Internet de la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha estimado conveniente la difusión de las estructuras salariales y políticas de compensación e indemnización en el sitio de internet de la Sociedad.

      iv. Que contempla someter dichas estructuras salariales y políticas a aprobación de los accionistas.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha aprobado una política que contemple someter las estructuras salariales y políticas a aprobación de los accionistas, sin perjuicio del derecho de éstos de adoptar en Junta de Accionistas los acuerdos que estimen pertinentes a este efecto.

4. De la evaluación por parte de un tercero

  • a) La autoevaluación del directorio respecto a la adopción de las prácticas contenidas en la presente normativa:


    • i. Ha sido revisada y validada por un tercero ajeno a la sociedad.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha aprobado un sistema de autoevaluación de las características indicadas.

      ii. La persona o equipo de personas que realizaron la revisión y validación, cuenta con la experiencia acreditada de al menos 5 años en evaluación de procesos y efectividad de controles, o en la prestación de servicios profesionales de asesoría o consultoría en diseño e implementación de procesos, gestión de riesgos o mejoramiento continuo.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha aprobado un sistema de autoevaluación de las características indicadas.

      iii. La entidad o personas que realizaron la revisión y validación, son fiscalizados por la Superintendencia u organismo público o privado extranjero de similar competencia.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha aprobado un sistema de autoevaluación de las características indicadas.

      iv. La entidad o personas que realizaron la revisión y validación, pertenecen a una nómina establecida por las bolsas nacionales de entidades que cumplen las condiciones definidas por las mismas para certificar la autoevaluación a que se refiere la presente normativa.
      Respuesta: No
      Explicación (2500 caracteres máximo):
      El Directorio no ha aprobado un sistema de autoevaluación de las características indicadas.
Subir
Evalúa nuestro contenido