¿Quiénes son considerados inversionistas calificados en Chile?

La normativa considera que se puede clasificar en dicha categoría a los inversionistas institucionales, los intermediarios de valores y productos y personas naturales y jurídicas que cumplan con los requisitos dispuestos en la misma.

La normativa considera que se puede clasificar en dicha categoría a:

  1. Los inversionistas institucionales
  2. Los intermediarios de valores y productos
  3. Las personas naturales o jurídicas que al momento de efectuar la inversión cuenten con inversiones financieras no inferiores a 10.000 UF
  4. Las personas naturales o jurídicas que al momento de efectuar la inversión cuenten con inversiones financieras no inferiores a 2.000 UF y que adicionalmente cumplan con alguno de los siguientes requisitos: i) contar con activos iguales o superiores a 100.000 UF; ii) haber realizado transacciones en el mercado de valores por un monto igual o superior a 1.000 UF y con una frecuencia mínima de 20 operaciones trimestrales, durante los últimos 4 trimestres; iii) o contar con el conocimiento necesario para entender los riesgos que conlleva invertir en el mercado de valores.

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