Funciones Dirección de Regulación de Bancos e Instituciones Financieras

a. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de la División Normativa de Regulación Prudencial y la División de Coordinación Normativa, de acuerdo a la normativa legal vigente y los lineamientos definidos para la Dirección, en concordancia con la planificación estratégica y políticas aprobadas por la Comisión.

b. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar el diseño, elaboración, discusión y emisión de las normativas e instrucciones generales para la aplicación y cumplimento del marco jurídico que rige a las entidades bancarias e instituciones financieras reguladas por la Comisión, en el ámbito prudencial.

c. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la elaboración y análisis de proyectos de ley que le encomiende el Director General de Regulación Prudencial, en el ámbito prudencial, de las entidades señaladas en la letra anterior, debiendo investigar y proponer desarrollos regulatorios, en línea con las mejoras prácticas internacionales.

d. Planificar, dirigir, ejecutar estudios y/o investigación, en materias de su ámbito de competencia, que justifiquen y complementen las modificaciones regulatorias en el ámbito prudencial de las instituciones bancarias y financieras, así como proponer nuevas metodologías acorde con el desarrollo y necesidades de regulación prudencial.

e. Planificar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades en materia de desarrollo de mercado prudencial, en el análisis y estudio de tendencias en materia prudencial, así como en la investigación e identificación de necesidades de regulación en materia prudencial, en el ámbito de su competencia.

f. Dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de evaluación del impacto que tendría la eventual emisión de una norma, instrucción o iniciativa legislativa cuya elaboración haya sido encomendada a la Dirección General de Regulación Prudencial.

g. Efectuar el monitoreo de proyectos de ley, correspondientes al ámbito de su competencia.

h. Diagnosticar e identificar tendencias y necesidades de regulación en el ámbito prudencial de las entidades señaladas en la letra b anterior.

i. Colaborar en materia de diseño, mantención de metodologías de cuantificación, monitoreo y reporte
de riesgo, cuando sea requerida.

j. Colaborar y participar en las consultas y peticiones en materia de relacionamiento fiscalizados, inversionistas, depositantes, asegurados, clientes bancarios, público general, entes reguladores nacionales y extranjeros, organismos nacionales y extranjeros, y en materia de educación financiera, cuando sea requerida, en el ámbito de su competencia.
k. Colaborar en la evaluación de pertinencia de la incorporación de la Comisión a organismos internacionales, grupos de trabajo u otras instancias que comprometan a la institución, en el ámbito de su competencia.

l. Colaborar en la gestión de relaciones con organismos internacionales, cuando sea requerida, en el ámbito de su competencia.

m. Colaborar y participar, cuando sea requerida, en requerimientos relativos a elaboración de estudios o análisis relativos a materias de su ámbito de competencia.

n. Colaborar en las consultas y peticiones en materia de desarrollo regulatorio o de interpretación de normativa, cuando sea requerida.

o. Desarrollar las demás actividades institucionales que le encomiende su jefatura directa.

Director: Jaime Forteza Saavedra

Galería de imágenes

Documentos

Subir
Evalúa nuestro contenido