SVS autorizará a las Administradoras Generales de Fondos entrar al negocio de administración de carteras de terceros

10/06/2008

Borrador de circular fue publicado hoy en el sitio web de la entidad reguladora, a fin de recibir comentarios del mercado. Esta autorización permitirá exportar servicio de administración a las administradoras nacionales, fomentando el desarrollo de esta industria.

Propuesta de normativa establece los requisitos de información mínima que las administradoras deberán entregar a sus clientes sobre eventuales conflictos de interés, entre otras materias.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) publicó hoy en su sitio web, propuesta de Circular que autorizará a las Administradoras Generales de Fondos (AGF) realizar la actividad complementaria de administración de cartera de terceros.

La nueva normativa es fruto de la agenda de trabajo conjunta que la SVS mantiene con las AGF, las cuales advirtieron, tras la firma del acuerdo de entendimiento entre esta superintendencia y su homólogo de Luxemburgo, la posibilidad de ofrecer el negocio de gestión de recursos de fondos extranjeros a las administradoras de fondos de ese país.

De esta manera, la propuesta de normativa permitirá la exportación del servicio de gestión de recursos a las administradoras nacionales, así como ofrecer a sus actuales clientes la posibilidad de gestionar sus carteras individuales, de acuerdo a su perfil específico.

El borrador de la normativa establece un conjunto de obligaciones y responsabilidades a las administradoras, en lo que se refiere al tratamiento y entrega de información a sus clientes sobre los conflictos de interés que eventualmente surjan en el ejercicio de esta nueva actividad, así como la información que deberán entregar al público en general.

Asimismo, establece los contenidos mínimos que debe tener el contrato de administración que las partes deben suscribir (administradora y cliente), y determina las condiciones que se deben cumplir para la custodia de los activos de los clientes y su correspondiente segregación.

Para poder realizar este nuevo negocio, las administradoras deberán, por unanimidad de sus socios o accionistas, adecuar sus estatutos incorporando esta actividad como parte de su giro, según plantea el proyecto de Circular.

El borrador de esta normativa estará en consulta hasta el 30 de junio.

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