SVS publica para comentarios normativa relacionada a los Sistemas de Compensación y Liquidación de instrumentos financieros

30/06/2009

Las normas contribuyen a la adopción de las mejores prácticas internacionales en relación a la seguridad de los sistemas de compensación y liquidación.

La normativa en consulta complementa las disposiciones de la Ley N° 20.345, sobre Sistemas de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros, publicada el pasado 6 de junio.

Con fecha 6 de junio de 2009, fue publicada la Ley N° 20.345, sobre Sistemas de Compensación y Liquidación de Instrumentos Financieros, que tiene por objeto establecer el marco legal para el funcionamiento de aquellas entidades que compensan y liquidan instrumentos financieros. Dicha ley instruye expresamente a la Superintendencia de Valores y Seguros a normar ciertos aspectos relacionados a los sistemas de compensación y liquidación de instrumentos financieros. A fin de dar cumplimiento a este mandato, esta Superintendencia ha desarrollado la siguiente normativa que se pone en consulta al público en su sitio web, www.cmfchile.cl.

Las normas referidas son:

1. Norma para la autorización de existencia de las sociedades administradoras y verificación de requerimientos a sus accionistas. Esta normativa en trámite establece los antecedentes que deberán ser acompañados tanto para proceder a la autorización de existencia de las sociedades administradoras, así como para verificar los requerimientos establecidos en el artículo 6° de la ley para los accionistas de éstas que posean 10% o más de su capital.

2. Norma sobre requerimientos mínimos que deberán satisfacer los participantes de los sistemas. Esta segunda norma, que será emitida de manera conjunta con la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras según lo establece la ley, establece los requisitos mínimos a cumplir por parte de quienes operen como usuarios de estos sistemas, denominados "participantes". Dichos requisitos son de orden patrimonial, financiero, tecnológico, de recursos humanos y de gestión de riesgos.

3. Norma que regula la gestión de los riesgos de crédito y liquidez de los sistemas. Esta normativa en trámite reglamenta aspectos mínimos que  deberán contener las "normas de funcionamiento" desarrolladas éstos, impartiendo instrucciones sobre la forma en que se deberá efectuar la entrega en coordinación con los pagos, los mecanismos que se deberán considerar ante una falta de entrega oportuna de los instrumentos financieros o de los fondos, la constitución de las garantías aportadas por los participantes, la estimación de los fondos de garantía y fondos de reserva, los bienes que podrán ser aportados como garantía y la conexión con sistemas de transferencia de pagos, entre otras materias.

4. Norma que regula el estudio tarifario. La normativa regula el contenido mínimo que deberá incluir el estudio tarifario que deberá ser presentado por las sociedades administradoras.

Cabe indicar que los sistemas de compensación y liquidación permiten realizar en forma segura y eficiente la transferencia de los instrumentos financieros, especialmente valores, tales como acciones, derivados e instrumentos de renta fija, que han sido negociados en las bolsas y fuera de ellas, en conjunto con los fondos involucrados en los pagos respectivos. En la actualidad, en el mercado de valores chileno, se transfieren diariamente valores por un monto promedio de US$ 1.300 millones.

Las normativas propuestas estarán disponibles para comentarios hasta el día 26 de julio.

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