SVS anuncia cambios normativos para la industria aseguradora en materia de posibilidades de inversión y supervisión basada en riesgos

22/11/2010

La Superintendencia de Valores y Seguros, en el marco de las reformas al mercado de capitales MKB que el gobierno está impulsando, puso hoy en consulta para comentarios en su sitio Web borradores de varias normativas que otorgan mayores posibilidades de inversión a las compañías de seguros. Esto permitirá lograr una composición más eficiente del portafolio de inversiones de las aseguradoras, canalizando de mejor manera los US$ 40.000 millones en inversiones que acumula esta industria y a la vez permitirá potenciar la oferta que estas compañías efectúan en el mercado de rentas vitalicias. Adicionalmente, estas medidas lograrán promover mayor competencia en el sistema financiero e incentivarán más opciones de financiamiento para personas y empresas.

Las normas que hoy se publican estarán disponibles para comentarios hasta el martes 7 de diciembre.

La mayor apertura de las inversiones para las compañías de seguros va acompañada por un fortalecimiento de la supervisión de solvencia de las aseguradoras por parte de la SVS. En efecto, y más allá del proyecto de ley que próximamente se enviará a trámite legislativo sobre supervisión basada en riesgos en la industria aseguradora, el regulador anunció que en las próximas semanas se publicarán para consulta dos normas que fortalecen el sistema de supervisión de la industria aseguradora. Una norma referida a las mejores prácticas de gobiernos corporativos y otra normativa relativa a la evaluación de riesgos de las compañías de seguros.

Normas sobre inversiones

Las normativas relativas a inversiones se centran en:

1. Aumento del límite por emisor para Mutuos Hipotecarios Endosables (MHE) otorgados a personas jurídicas.

Actualmente el límite de diversificación por deudor en el caso de Mutuos hipotecarios Endosables otorgados a personas jurídicas es de UF 100.000.

Se propone aumentar este límite a UF 250.000, pero manteniendo el límite para empresas relacionadas a la aseguradora (UF 25.000).

Con esta propuesta, junto con ampliarse las posibilidades de inversión, se favorece una mayor competencia en el mercado de créditos hipotecarios para empresas de tamaño medio, al permitirse una participación más gravitante de las compañías de seguros en este mercado.

2. Pagarés Endosables ligados a infraestructura pública y privada

Las compañías de seguros podrán invertir en los instrumentos denominados "Aportes de Financiamiento Reembolsables" (AFR), que emitan empresas sanitarias y eléctricas, como activos representativos de reservas técnicas y patrimonio de riesgo. Esto permitirá ampliar las opciones de inversión de las compañías -aún cuando estará sujeta a ciertos límites y requisitos- y las posibilidades de financiamiento de proyectos sanitarios y eléctricos de empresas medianas.

3. Incorporación de IVA crédito generado por la compra de bienes raíces como inversión representativa

Actualmente, parte importante de la cartera de inversiones de las compañías de seguros está constituida por contratos de leasing que financian la adquisición de bienes raíces, constituyendo una fuente de financiamiento al desarrollo de proyectos inmobiliarios en el país.

La modificación consiste en que el IVA pagado por la compra de estos bienes raíces nuevos pueda ser considerado, por un cierto periodo, como inversión válida para respaldar las reservas técnicas1 y el patrimonio de riesgo de las compañías de seguros.

Lo anterior, en términos globales, hará más atractiva la inversión en proyectos inmobiliarios para las compañías y a la vez canalizará mayores recursos para este sector de la economía.

4. Inversión en contratos de Leasing con restricciones de transferencia sólo a bancos y compañías de seguros

Esta modificación permitirá a las compañías participar en una mayor variedad de contratos de leasing. En efecto, en la actualidad existen contratos de leasing en que el arrendatario exige que dicho contrato sólo pueda ser transferido a algunos inversionistas institucionales (bancos, compañías de seguros y fondos de inversión), lo que bajo la regulación actual impide la participación de las aseguradoras, debido a que para invertir en estos contratos no deben tener ninguna limitación en su transferencia. De esta manera, la propuesta contempla la posibilidad de invertir en contratos de leasing que incluyan las limitaciones de transferencia anteriormente señaladas.

5. Créditos Sindicados

De acuerdo a la norma vigente, las compañías pueden participar en créditos sindicados donde concurran dos o más bancos, y con un límite de un 5% de las Reservas Técnicas y Patrimonio de Riesgo.

La modificación propuesta rebaja el número requerido de entidades bancarias participantes en el crédito sindicado de dos a un banco, facilitando de esta manera la participación de un mayor número de compañías en este tipo de créditos.

6. Autorización de operaciones de compra de Credit Default Swaps (CDS) como cobertura de riesgo de crédito

Se incorporará la inversión en CDS, pero únicamente con carácter de cobertura el riesgo de crédito de instrumentos financieros que mantengan en sus carteras las compañías de seguros. Este tipo de cobertura permitirá a las aseguradoras gestionar de mejor manera este riesgo de crédito asociado a sus carteras de bonos.

7. Requisitos para tasadores

En forma coherente con la ampliación de las posibilidades de inversión en activos inmobiliarios, se incorpora una norma que enfatiza la responsabilidad de las compañías de velar para que las personas contratadas para tasar los bienes raíces de su propiedad, posean la más alta calificación profesional y no tengan intereses que comprometan su independencia respecto de la aseguradora y de quienes tengan interés en la tasación.

Normas sobre supervisión por solvencia

Las normativas sobre supervisión que se publicarán próximamente en consulta se centran en:

A) Gobiernos Corporativos

La Superintendencia publicará en las próximas semanas una nueva norma, para la industria aseguradora, que establece los principios de un adecuado gobierno corporativo y de los sistemas de gestión de riesgos y control interno. La norma se basa en las mejores prácticas internacionales de administración de riesgos que deben tener en consideración los miembros del directorio y plana ejecutiva de las aseguradoras. La observancia de estos principios o criterios generales, serán considerados por la SVS en la evaluación del nivel de riesgo y gestión que realiza en las compañías y en la definición de los planes de supervisión respecto de cada aseguradora.

Algunos aspectos que considerará la nueva regulación son:

  • Rol y funciones de vigilancia del Directorio
  • Principios en materia de funciones de gestión de riesgos, control interno, cumplimiento y auditoría interna
  • Rol de las funciones de Actuariado, Auditoría Externa y Reaseguro
  • Difusión y transparencia
  • Relación con los asegurados
  • Interacción con el Supervisor

B) Matriz de Evaluación de Riesgos de Compañías de Seguros

El objeto de la norma, que se publicará en consulta, es dar a conocer al mercado asegurador aspectos metodológicos de la evaluación de riesgos que realiza la SVS, así como los hitos fundamentales del proceso.

Por un lado, se busca establecer un lenguaje común en torno al concepto de matriz de riesgo, definiendo las actividades significativas del negocio de la compañía, sus riesgos relevantes, los aspectos de la gestión de riesgos que serán evaluados, la definición del riesgo neto y la escala de evaluación de las aseguradoras.

Por otro lado, se establecerán los hitos del proceso de evaluación de riesgos, entre los que se destacan por su importancia: el análisis de la información financiera de la compañía, la solicitud de información específica, el desarrollo de la evaluación en terreno, el análisis de la información por parte de la SVS y la comunicación de las conclusiones a las compañías para que éstas adopten las medidas necesarias para una mejor gestión de sus riesgos.

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