SVS emite normativa que modifica Norma de Carácter General Nº 30

06/05/2013

Esta normativa es la que establece los procedimientos de inscripción de emisores y valores de oferta pública en el Registro de Valores y las obligaciones de información que estas entidades tienen.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) publicó la Norma de Carácter General N°346, referida a los procedimientos de inscripción de emisores y valores de oferta pública en el Registro de Valores, difusión, colocación y obligaciones de información continua, que modifica a la Norma de Carácter General Nº30.

Las modificaciones a la normativa están referidas principalmente a las informaciones que las entidades inscritas en el Registro de Valores deben proporcionar con el objeto de facilitar y clarificar algunos requerimientos de información que se exige a los fiscalizados, mejorando el nivel de información que las sociedades emisoras entregan al mercado. Adicionalmente, se actualizó la normativa a las disposiciones de la Ley de Gobiernos Corporativos y de la aplicación de las IFRS en el mercado local.

Las principales modificaciones realizadas a la NCG Nº30 están referidas a: 

1) Mayor claridad respecto de procedimientos y exigencias de información

a) Explicita y sistematiza los procedimientos y requerimientos de información relacionados a los procesos de liquidación, cancelación, fusión, división y transformación de sociedades.

b) Establece los requerimientos de información que deberá presentar una sociedad previamente inscrita en el Registro de Entidades Informantes (no emisores) que solicite su inscripción en el Registro de Valores (emisores).

c) En relación a los procedimientos de inscripción de emisiones de acciones, sus normas de difusión e información continua, se homologan los requerimientos de información para emisiones de acciones destinadas a ser transadas en el mercado general con los de las emisiones de acciones destinadas a ser transadas en el mercado emergente.

d) Se formalizan las instrucciones respecto de los antecedentes que deben presentar se en situaciones especiales, tales como las emisiones de acciones destinadas a planes de compensación de trabajadores, a inscribirse para ser colocadas por parcialidades, provenientes de la constitución de la sociedad o liberadas de pago.

2) Mayor calidad de información

Las modificaciones buscan mejorar la calidad de la información que los emisores deben proporcionar al mercado, tanto al momento de su inscripción como en forma continua a través de los análisis razonados, memorias y prospectos.

Para ello, los emisores deberán entregar mayores antecedentes en materias tales como:

a) Descripción de sus negocios, segmentos operativos y sector económico en donde participa;  factores de riesgo, planes de inversión, administración (estructura organizacional, intereses económicos de ejecutivos principales y directores distintos a remuneraciones y dietas habituales, como participación en la propiedad de la sociedad o planes de compensación); e información detallada referente a propiedades e instalaciones.

b) Incorporar, de manera optativa, la alternativa de divulgar anticipadamente cifras relativas a resultados o a la situación financiera de emisor,  previo al envío de su s estados financieros, contemplando que dicha divulgación sea efectuada en carácter de hecho esencial y considere un contenido mínimo de información.

c) Respecto de las emisiones de títulos de deuda se incorpora la exigencia de informar todas las clasificaciones de riesgo a las que haya sido objeto la sociedad o sus valores durante los últimos 12 meses previos a la solicitud de inscripción, incluyendo aquellas clasificaciones de solvencia o preliminares, no conocidas oficinalmente en el mercado.

3) Facilidad de envío y acceso a información

Para facilitar el envío y acceso de determinados antecedentes por parte de los accionistas e inversionistas en general se instruye el envío electrónico mediante el sistema SEIL (Sistema Electrónico de Información en Línea) de la SVS, de las actas de las juntas de accionistas y los estatutos actualizados de las sociedades con la finalidad que dichos documentos queden disponibles para consulta del público en el sitio web de la SVS.

La nueva norma NCG Nº 30, estuvo en consulta para comentarios del mercado entre el 23 de octubre y 21 de noviembre del 2012, y deroga a las normas NCG Nº 118 y Nº283, así como a las circulares Nº307 y Nº 889, y sus disposiciones entran en vigencia de manera inmediata.

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