SVS pone en consulta normas que complementan la oferta pública de valores extranjeros en Chile

28/10/2013

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) puso en consulta para comentarios del mercado, tres propuestas de normativas que vienen a modificar las actuales disposiciones contenidas en las Normas de Carácter General N°215 y N°240, y a complementar la normativa recientemente emitida para la inscripción de valores extranjeros en Chile.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) puso en consulta para comentarios del mercado, tres propuestas de normativas que vienen a modificar las actuales disposiciones contenidas en las Normas de Carácter General N°215 y N°240, y a complementar la normativa recientemente emitida para la inscripción de valores extranjeros en Chile.

La semana pasada la SVS emitió la Norma de Carácter General N° 352 que simplificó los requisitos de inscripción e incorporó a la modalidad actual de registro de valores extranjeros, la opción que, al amparo de convenios de colaboración suscritos entre la SVS y los reguladores de mercados extranjeros, se puedan exceptuar de inscripción los valores ya registrados en esos mercados. Lo anterior, en atención a que esos convenios de colaboración permitirán a los inversionistas contar con información veraz, suficiente y oportuna sobre los valores extranjeros y sus emisores.

En esta línea, una de las normas, hoy en consulta, tiene por objeto permitir a las administradoras de fondos mutuos, administradoras de fondos de inversión y administradoras generales de fondos, patrocinar la inscripción de valores extranjeros en el registro que lleva la SVS.

Adicionalmente se modificarían las actuales instrucciones sobre la negociación de valores extranjeros en Chile, así como las disposiciones aplicables a los corredores de bolsa y agentes de valores para ofrecer el servicio de custodia de valores, fortaleciendo el rol que esas entidades tienen en el mercado de valores extranjeros.

Por último también se pretende ampliar los mercados en que se pueden realizar las transacciones con valores extranjeros, permitiendo que sean efectuadas fuera de bolsa sin importar el tipo de valor, en la medida que esas operaciones sean realizadas a través de bancos, corredoras de bolsa, agentes de valores y administradoras de fondos, en los términos contenidos en la propuesta. Este será el caso de las operaciones que los intermediarios efectúen en bolsas extranjeras, sin importar si están amparadas en convenios de integración o en virtud de la actividad permitida por la Circular N°1.046 de esta Superintendencia.
 

Las normativas estarán en el sitio web de la SVS para comentarios del mercado entre el 28 de octubre y el 15 de noviembre de 2013.

Link a la normativa:
http://www.cmfchile.cl/sitio/legislacion_normativa/normativa_tramite.php

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