CMF pone en consulta norma que prohíbe preguntar en las declaraciones de salud por anomalías congénitas como Síndrome de Down

31/08/2020

En la Declaración Personal de Salud no podrá consultarse por Síndrome de Down, y otras características congénitas del asegurable, que por sí mismas no constituyan enfermedad.

Las exclusiones de cobertura contenidas en los seguros de salud no podrán tener denominaciones genéricas, tales como "anomalías congénitas", puesto que impide que el contratante tenga certeza de cuáles son las condiciones de salud que debe conocer o estar diagnosticadas para declararlas.


La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que desde hoy y hasta el 11 de septiembre, pone en consulta una Circular para aseguradoras y corredores de seguros, que establece las condiciones que deben cumplir las declaraciones sobre el estado del riesgo y exclusiones en la cobertura de los seguros de salud.

El objetivo de la normativa es reforzar las obligaciones de aseguradoras y corredores de seguros, con el fin de garantizar un trato justo a las personas que contratan pólizas de salud.

Estas pólizas ayudan a financiar los gastos médicos a los que se ven enfrentados los asegurados y sus familias. Por ello es relevante para la CMF que las aseguradoras y corredores de seguros actúen con el debido cuidado y diligencia en todas las fases de una póliza de salud, especialmente en su diseño y su comercialización.

Aunque las compañías de seguros pueden decidir si aceptan o no asumir un riesgo, la forma en que se lleve a cabo la declaración del estado de riesgo de la persona y cómo se establezcan las exclusiones, debe permitir a las personas tener pleno conocimiento de las coberturas contratadas y de las enfermedades o situaciones de salud que no tendrán cobertura o que tendrán cobertura limitada.

La Circular, señala que las exclusiones que se establezcan en las condiciones generales de las pólizas, deberán ser nominadas y específicas y no podrán tener denominaciones genéricas como "anomalías congénitas".

La Circular indica que la declaración sobre el estado del riesgo que se solicite a la persona que deberá comprender todos aquellos aspectos que el asegurador estime necesarios para aceptar o rechazar el riesgo.

Aquellos aspectos que no estén específicamente nominados y comprendidos en la solicitud sobre el estado del riesgo, no serán considerados para efectos de errores, reticencias o inexactitudes del contratante.

De esta manera, deberá excluirse de la declaración de salud la consulta por Síndrome de Down y otras características congénitas del asegurado que, por sí mismas, no constituyan enfermedad.

Para acceder al detalle de la propuesta normativa, los interesados pueden ingresar en la sección Normativa en Consulta del sitio web Institucional. Adicionalmente, la CMF publica un Informe Normativo que evalúa el impacto de la propuesta.

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