
LEY N° 18.490, SOBRE SEGURO
OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES (SOAP)*
* Incluye modificaciones incorporadas
por la Ley 20.227, publicada en el Diario Oficial del 15.11.2007.
COBROS DE LOS BENEFICIOS DEL SOAP
¿COMO DEBO EFECTUAR EL COBRO DEL SOAP?
Las indemnizaciones se pagarán al beneficiario respectivo,
sin investigación previa de culpabilidad demostrando la participación
del vehículo asegurado en el accidente, dentro del plazo de 10
días siguientes a la presentación en la compañía
de seguros, de los siguientes antecedentes:
- Certificado otorgado por el Tribunal competente o el Ministerio
Público; Ver
Doc.
- En caso de muerte, certificado de defunción de la víctima
y, en el mismo evento, libreta de familia, certificado de matrimonio,
certificado de nacimiento y otros documentos que acrediten legalmente
la calidad de beneficiario del seguro;
- En caso de lesiones, los comprobantes originales tales como boletas,
facturas, etc., de los gastos por atención médica y
farmacéutica y otros a que hayan debido someterse los afectados
como consecuencia de las lesiones sufridas, junto a las solicitudes
de exámenes y recetas de medicamentos indicadas por el médico
tratante;
- En caso de incapacidad, certificado que acredite la naturaleza
y grado de ella, emitido por el médico tratante; y
- Las indemnizaciones provenientes de gastos de hospitalización
y atención médica, quirúrgica o farmacéutica,
la compañía de seguros podrá pagarlos en forma
directa al Servicio de Salud o a la entidad previsional u hospitalaria
que acredite haber otorgado la correspondiente prestación al
accidentado.
¿COMO PUEDO SABER EN QUE COMPAÑÍA TIENE SOAP UN DETERMINADO VEHÍCULO?
Dicha información puede obtenerse solicitando el Certificado de Anotaciones del vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil e Identificación o en la Dirección de Tránsito de la Municipalidad que otorgó el permiso de circulación del vehículo respectivo.
¿ES NECESARIA LA AYUDA DE TERCEROS PARA OBTENER EL PAGO DE LOS BENEFICIOS PREVISTOS EN EL SOAP?
Los beneficios que otorga la ley, no tienen costo para el beneficiario y no requieren de la intervención de intermediarios o terceros. Es recomendable que los beneficiarios se acerquen directamente a la compañía aseguradora presentando los antecedentes requeridos para el pago.
¿CUAL ES EL PLAZO PARA RECLAMAR LOS BENEFICIOS DEL SOAP?
En general, el plazo para cobrar las indemnizaciones es de un año contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o a partir de la muerte del accidentado, según el caso.
Tratándose de las indemnizaciones por Incapacidad Permanente, el plazo de prescripción se contará desde la fecha de emisión del certificado médico que expida el médico tratante, el cual no podrá presentarse luego de transcurridos dos años desde la fecha del accidente.
Sin perjuicio de todo lo anterior, la recepción por parte del
asegurador de los antecedentes justificativos del pago de cualquiera
de las indemnizaciones previstas en este seguro producirá la
interrupción natural de la prescripción.
¿DONDE PUEDO RECURRIR EN CASO DE TENER DUDAS SOBRE EL
SOAP?
En caso de dudas los interesados podrán recurrir a la Superintendencia de Valores y Seguros, División de Atención y Educación al Asegurado, cuyas oficinas se encuentran en Av. Libertador Bernardo O'Higgins 1449, Piso 1°, Santiago, teléfono 600 4738 000, casilla 2167, correo 21. Igualmente podrá obtenerse mayor información ingresando a nuestra página web, www.svs.cl. Contáctenos Soap.
















Seguro obligatorio automotriz 






