
Solución de controversias entre asegurados y compañias de seguros
En caso que subsistan las dificultades entre el asegurado y la compañía
de seguros, deberán recurrir al procedimiento judicial de solución
de controversias ante el tribunal competente.
En materia de seguros las pólizas en general contemplan la posibilidad
de recurrir al arbitraje, que es un procedimiento de
tipo judicial que se tramita y resuelve en forma de juicio, para dirimir
una controversia entre la aseguradora y el asegurado o beneficiario
en lo relativo a la aplicación, cumplimiento y ejecución
de la póliza.
IMPORTANTE:
Revise y consulte en
las condiciones generales de su póliza de seguros, si hay una
cláusula sobre solución de conflictos, bajo la denominación
de "Arbitraje", "Solución de controversias"
u otra análoga
Arbitraje ante la SVS
El arbitraje ante la SVS, a diferencia de la reclamación, es un procedimiento especial de tipo judicial que se tramita y resuelve en forma de juicio, en que la Superintendencia de Valores y Seguros, en los casos que estime calificados y cuando se cumplen las condiciones fijadas por la ley, actuando como Juez Arbitro puede resolver en forma vinculante una controversia entre el asegurado o beneficiario y la compañía de seguros
¿COMO SE PUEDE CONSTITUIR EL ARBITRAJE?
El arbitraje puede ser requerido por escrito a la SVS a sola
petición del asegurado o beneficiario, siempre que el monto de la indemnización
a reclamar no sea superior a 120 U.F o 500 U.F. tratándose de seguros
obligatorios.
Si los montos a demandar son superiores a los señalados, el arbitraje
de la SVS no podrá ser requerido a sola petición del asegurado o beneficiario,
pudiendo en tal caso solicitarse de común acuerdo con la compañía de
seguros respectiva
TENGA
PRESENTE: La Superintendencia
no está obligada a actuar como Juez Arbitro, pudiendo aceptar
o rechazar el arbitraje según los casos que estime calificados.
¿CUAL ES LA DURACIÓN DEL ARBITRAJE?
El arbitraje no tiene un plazo de tramitación preestablecido:
La duración del juicio arbitral dependerá de las actuaciones
y diligencias de las partes, de la mayor o menor complejidad de las
materias sometidas a la decisión de la Superintendencia, la tramitación
que deba darse en el juicio respectivo, o bien situaciones nuevas en
que no exista jurisprudencia sobre la materia.
















Solución
de Controversias






