Usted está en: Home | Preguntas Frecuentes | Mercado de Valores |vinetaS.A. Inscripción en el Registro de Valores
S.A. Inscripción en el Registro de Valores
¿Cuándo una sociedad debe inscribirse en el Registro de Valores y en qué plazo?
1.- Cuando la sociedad tiene 500 accionistas o más.
2.-
Cuando 100 accionistas posean el 10% o más de las acciones, excluido el accionista mayoritario.
3.-
Cuando se inscriba voluntariamente en el Registro.
4.- Plazo para inscribirse es 60 días desde que cumpla con alguno de los requisitos del N° 1 ó 2 anterior, conforme a ley 18.045 de Mercado de Valores.
 
¿Puede una sociedad inscribirse indistintamente de las acciones que tenga emitidas?
Sí.- Solamente opera para aquellas sociedades que quieran inscribir voluntariamente sus acciones en el Registro de Valores.
 
¿Cuál es la norma que rige la inscripción de una sociedad anónima?
La normativa que rige la inscripción es la NCG N°30, Sección I.
VolverSubirImprimir