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Intermediación Generales
¿Qué son los denominados "pactos" y cuál es la normativa de la Superintendencia sobre este tema?
Los pactos son compromisos de compra, de venta, de retrocompra y de retroventa sobre valores de oferta pública que se encuentran reglamentados a través de la normativa administrativa emanada de la Superintendencia. Se destacan las siguientes circulares de interés para el público en general:
- La Circular N°514, que establece normas sobre valorización de inversiones en valores mobiliarios, compromisos de compra, ventas con compromiso de retrocompra, compromisos de venta y compras con compromiso de retroventa.
- La Circular N°599, que establece las estipulaciones para el contrato de compromiso de compra y de contrato de compromiso de venta.
- La Circular N°678, que establece normas sobre valores de oferta pública que pueden ser objeto de operaciones de compromisos de compra, venta, de retrocompra y de retroventa.
 
 
¿Cuál es el procedimiento para obtener en la Superintendencia un certificado de valor de las acciones para efectos de posesión efectiva?
1.- En el caso de acciones de sociedades anónimas abiertas sin cotización bursátil, se debe hacer una presentación por escrito a esta Superintendencia señalando nombre de la sociedad emisora de los títulos, junto con el nombre, Rut y fecha de fallecimiento del causante.
2.-
En el caso de acciones de sociedades anónimas abiertas con cotización bursátil, se solicitará a la bolsa correspondiente la valorización de los títulos.
3.- En el caso de acciones de sociedades anónimas cerradas: Esta Superintendencia no dispone de información. Se deberá consultar directamente a la sociedad de que se trate.
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