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Comunicados de Prensa Terremoto
Procedimiento abreviado de liquidación de viviendas afectadas por terremoto
La SVS autorizó a las compañías de seguros, a través de Oficio Circular N° 591 a implementar un procedimiento abreviado para la liquidación de los siniestros de viviendas particulares a consecuencia del terremoto.
Este procedimiento consiste en:
• Una vez denunciado el siniestro, las compañías
de seguros designarán un liquidador de seguros que visitará
la propiedad afectada para cuantificar la pérdida y determinar
el monto de la indemnización.
• El liquidador podrá entregar de inmediato una propuesta
de liquidación a las personas afectadas.
• En caso que la propuesta no sea aceptada por las partes, el
liquidador seguirá con el proceso habitual de liquidación
de siniestros regulado por el DS N° 863 de 1989, que tiene un
plazo máximo para liquidar de 90 días a contar de la
denuncia del siniestro; en él se mantienen los trámites
administrativos que fueron eximidos en el mecanismo abreviado.
• Cabe destacar que en cualquier caso las personas afectadas
mantienen sus derechos de impugnación de la liquidación
en conformidad a la normativa vigente.
Podrán acogerse a este procedimiento especial de liquidación
los siniestros que ya han sido denunciados, pero que aún no
han sido liquidados, y aquellos que se denuncien hasta el 30 de abril
próximo, fecha en que vence el plazo fijado por las aseguradoras
para efectuar este trámite.
Seguros de Incendio y Sismo
El seguro
de sismo es una cobertura adicional y optativa al seguro de
incendio, que cubre daños al inmueble asegurado (casa,
departamento, etc.) causados por terremoto. Además, podría
haber otras coberturas adicionales si usted las contrató: inhabitabilidad,
contenidos (bienes al interior de la propiedad), salida de mar, remoción
de escombros, etc.
¿Cómo saber si mi inmueble cuenta con un seguro de sismo? |
1.- Si tiene un crédito
hipotecario vigente,, solicite a la institución que
le otorgó el crédito copia de la póliza de incendio
y revise si tiene cobertura de sismo.
2.- Si contrató un seguro de incendio en
forma individual, revise si su póliza tiene cobertura
de sismo. En caso de no tener la póliza pida una copia a la
compañía o corredor de seguros.
Para consultar las condiciones generales de las coberturas de incendio
y adicionales, visite nuestra
página web
Tenga presente que todo seguro de sismo considera un deducible (monto por cuenta del asegurado) pactado en cada póliza. En caso de siniestro la compañía pagará la cantidad que supere el deducible respectivo. Ejemplo, si su propiedad tiene un daño por 5 millones de pesos y su deducible es de 25 UF (aprox. 520 mil pesos) la aseguradora pagará 4 millones 480 mil pesos por indemnización.
Seguros de Vehículos Motorizados
¿Cómo saber si mi vehículo está asegurado por sismo? |
La cobertura de sismo es adicional y optativa a la póliza de vehículos motorizados
Busque en su póliza si está incorporada la cobertura de sismo. En caso de no tener copia de la póliza, contacte a su corredor o compañía de seguros.
Denuncie, lo antes posible
¿Cómo y cuándo cobrar el seguro? |
por escrito o vía electrónica o telefónica,
el siniestro a la compañía aseguradora. Algunas aseguradoras
disponen de formularios electrónicos de denuncia en sus páginas
web (visite www.aach.cl
para obtener las direcciones).
Si tiene cobertura de inhabitabilidad, gastos de traslado, contenidos,
remoción de escombros u otras coberturas adicionales efectúe
la solicitud de indemnización, presentando al asegurador o
liquidador los antecedentes pertinentes (presupuestos, fotografías,
recibos, etc.)
Es necesario indicar nombre y RUT del Asegurado y la dirección
del Inmueble y en caso de vehículos su individualización
y detalle de daños.
Seguros de Vida
Si desea saber si un familiar fallecido a causa del terremoto contaba
con seguros de vida o desgravamen, consulte la forma de hacer este
trámite en sitio
web, o concurra a nuestras oficinas (Alameda 1449, torre 2 piso
2, Santiago Centro, Región Metropolitana).
RECOMENDACIONES GENERALES |
CONSIDERE que denunciado el siniestro se iniciará un procedimiento de liquidación, a fin de verificar si los daños tienen cobertura y el monto de la indemnización.
RECUERDE que tiene derecho a información y recibir atención de la compañía de seguros, corredor o liquidador de seguro.
TENGA PRESENTE que en las operaciones hipotecarias
la indemnización podría ser pagada al deudor o a la
institución de crédito si tuviere la calidad de beneficiario
del seguro.
Consulte en la institución de crédito o compañía
de seguros su situación particular en función del valor
del crédito, monto asegurado (valor de la vivienda o saldo
del crédito), magnitud de los daños (pérdida
total o pérdida parcial), habitabilidad o reparación
de la vivienda, etc.
DOCUMENTE por escrito las diligencias realizadas y mantenga un archivo con los papeles relacionados a su presentación y el número de denuncia del siniestro.
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