SEIL
Solicitud de Registro Instituciones de Garantía Recíproca y Fogape
Descripción
La Ley N°20.179 establece el marco legal para constitución y operación de las sociedades de garantía recíproca y dispone que la CMF llevará un Registro de inscripción de estas sociedades y clasificará a las mismas en categoría "A" o "B" según sea que cumpla o no las condiciones a que se refiere el artículo 18 de ese cuerpo legal.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año.}}
Beneficiarios
Este trámite está dirigido a personas naturales o jurídicas .
Marco Legal
Ley 20.179 de Sociedades de Garantía Recíproca
Circular N°1 de 16 de octubre de 2007 sobre Sociedades de Garantía Recíproca.
Documentos requeridos
La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando su incorporación al Registro de Sociedades de Garantía Recíproca acompañando los antecedentes solicitados en la normativa.
Paso a paso: Cómo realizar el trámite
En Oficina
- La entidad solicitante debe presentar una carta dirigida al Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero solicitando su incorporación al Registro de Sociedades de Garantía Recíproca acompañando los antecedentes solicitados en la normativa.
Costo de trámite
No tiene costo.
Plazo de respuesta
No estipulado
Medio en que se informa la respuesta
Resolución.
Resultado del trámite
El resultado del trámite es la inscripción en el Registro de Sociedades de Garantía Recíproca y Fogape.
Información relacionada
La normativa se encuentra aquí