Este comité tiene como funciones:
a. Estudiar y proponer la adecuación de las políticas, planes y programas de la Comisión para incorporar el enfoque de género.
b. Generar Acciones e iniciativas en aquellas áreas de la Comisión donde deban implementarse políticas de igualdad de género y proponerlas a la autoridad.
c. Realizar el seguimiento de las acciones establecidas en igualdad de género.
d. Promover en la Comisión, la capacitación de los funcionarios y funcionarias para incorporar el enfoque de género en su quehacer.
e. Presentar solicitudes de presupuesto para el diseño y ejecución de planes y programas destinados a la igualdad de género, según corresponda, al Presidente del Consejo.
f. Quien lo presida integrará la Unidad de Género del Ministerio de Hacienda.
g. Supervisar la implementación de procedimientos y estándares que se desprenden de las políticas de género.
h. Conocer y aprobar la incorporación de las políticas de género en los Manuales e instructivos internos de la Comisión, cuando corresponda, para ser propuestos al Presidente del Consejo.
i. Elaborar el Plan anual de Género de la Comisión y presentarlo a aprobación del Presidente del Consejo.
j. Todas aquellas labores que les encomiende el Presidente del Consejo, en el ámbito de sus competencias.